El BOE ha publicado este 29 de julio la enmienda de modificación del artículo 234 del Código Penal, por la que se castigarán con penas de hasta 18 meses de cárcel a las personas que hayan cometido tres o más robos leves por valor acumulado de más de 400 euros en comercios.
Con la publicación del nuevo articulado en el BOE, y tras la aprobación por parte del Senado, culmina un largo proceso de debate y tramitación. La nueva redacción del apartado 2 del artículo 234 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal entrará en vigor al mes de su publicación.
Mayor castigo al hurto multirreincidente
Tal y como se indica en el preámbulo de la Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, que recoge la modificación, hasta ahora los delitos leves de hurto que se cometían de manera multirreincidente no contaban con una
suficiente respuesta penal, a pesar de que son “delitos que están siendo objeto de una creciente preocupación por afectar directamente no solo al turismo, al comercio y a la economía en general, sino también a la propia seguridad de los ciudadanos”.
Por ese motivo, se consideraba necesaria una reforma del artículo 234.2 del Código Penal que permitiera sancionar más gravemente los casos de hurtos leves no superiores a 400 euros cuando se producen de forma multirreincidente.
Con la reforma, según el Gobierno, se consigue dar a los casos de multirreincidencia una respuesta penal más
disuasoria y ajustada a la gravedad de la conducta, sin incurrir en un incremento desproporcionado de la pena.
El nuevo artículo 234 del Código Penal queda redactado de la siguiente manera:
«Artículo 234.
(…)
- Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235. No obstante, en el caso de que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, aunque sean de carácter leve, siempre que sean de la misma naturaleza y que el montante acumulado de las infracciones sea superior a 400 €, se impondrá la pena del apartado 1 de este artículo (de 6 a 18 meses de prisión). No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.»
Pérdidas 1.800 millones de euros anuales
Tanto Confecomerç como la Confederación Española de Comercio (CEC) aplauden la modificación, que a través de la Comisión de Competitividad, Comercio y Consumo (C4) de CEOE se ha trasladado en numerosas ocasiones al Gobierno.
El hurto multirreincidente supone una auténtica lacra que cuesta 300 millones de euros al año a las administraciones públicas españolas y genera unas pérdidas de 1.800 millones de euros anuales en el comercio, lo que se traduce en destrucción de empleo, inseguridad y alza de precios.