El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha informado hoy, a través de sus redes sociales, de las medidas de protección ya disponibles para trabajadores, empresas y ciudadanía, así como de las mejoras que se aprobarán para hacer frente a la catástrofe de la DANA.
Autónomos
- Los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar el cese de actividad a su mutua.
- La Seguridad Social contempla una situación especial que debe aprobarse en Consejo de Ministros:
- sin periodo de carencia (normalmente se exigen 12 meses cotizados)
- contador a 0 (no se contabilizará como prestación utilizada)
- se computará como cotizado
- la cuantía de la prestación es del 70% de la base reguladora
Empresas
Las empresas pueden suspender temporalmente la relación laboral o reducir la jornada a través de la tramitación de ERTE por fuerza mayor. Desde la reforma laboral, en situaciones de crisis y emergencias como la DANA, las empresas pueden acogerse a esta fórmula.
- Con exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de empresa y trabajadores.
- Cualquier trabajador puede acogerse sin consumir la prestación por desempleo.
- Se solicita en el SEPE o llamando al 060.
Trabajadores
Las personas trabajadores disponen de exoneraciones de las cuotas de las Seguridad Social de hasta el 100% de cotizaciones de empresas y trabajadores, ERTE de fuerza mayor y prestación por cese de actividad.
Ingreso Mínimo Vital
Desde el Ministerio, se reafirma el compromiso de atender con cercanía a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), reforzando la atención telefónica.
- Los ciudadanos podrán informarse sobre el IMV en el teléfono 900 20 22 22.
- El lunes se pone en marcha el teléfono corto 020.
Daños en oficinas por la DANA
Dado que algunas oficinas de la Seguridad Social han sufrido graves daños a causa de la DANA, el Ministerio ha reforzado los siguientes canales:
- INSS: 91 542 11 76
- Tesorería: 91 541 02 91
- En la app IMPORTASS o en https://portal.seg-social.gob.es/
- En el portal del INSS
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