El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha informado hoy, a través de sus redes sociales, de las medidas de protección ya disponibles para trabajadores, empresas y ciudadanía, así como de las mejoras que se aprobarán para hacer frente a la catástrofe de la DANA.

Autónomos

  • Los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar el cese de actividad a su mutua.  
  • La Seguridad Social contempla una situación especial que debe aprobarse en Consejo de Ministros:
    • sin periodo de carencia (normalmente se exigen 12 meses cotizados)
    • contador a 0 (no se contabilizará como prestación utilizada)
    • se computará como cotizado
    • la cuantía de la prestación es del 70% de la base reguladora

Empresas

Las empresas pueden suspender temporalmente la relación laboral o reducir la jornada a través de la tramitación de ERTE por fuerza mayorDesde la reforma laboral, en situaciones de crisis y emergencias como la DANA, las empresas pueden acogerse a esta fórmula.

  • Con exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de empresa y trabajadores.
  • Cualquier trabajador puede acogerse sin consumir la prestación por desempleo.
  • Se solicita en el SEPE o llamando al 060.

 

 

Trabajadores

Las personas trabajadores disponen de exoneraciones de las cuotas de las Seguridad Social de hasta el 100% de cotizaciones de empresas y trabajadores, ERTE de fuerza mayor y prestación por cese de actividad.

Ingreso Mínimo Vital

Desde el Ministerio, se reafirma el compromiso de atender con cercanía a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), reforzando la atención telefónica.

  • Los ciudadanos podrán informarse sobre el IMV en el teléfono 900 20 22 22.

 

Daños en oficinas por la DANA

Dado que algunas oficinas de la Seguridad Social han sufrido graves daños a causa de la DANA, el Ministerio ha reforzado los siguientes canales:

 

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